CEA aconseja a los
conductores que defiendan sus derechos y recurran todas las multas que
consideren injustas
Un juez anula, por no
haberse practicado prueba y vulnerar el principio de presunción de inocencia,
una multa por conducir utilizando el móvil
La Asesoría Jurídica de CEA defiende con éxito a sus asociados y consigue
que un juez anule una multa por conducir utilizando el móvil por no haberse
practicado prueba y vulnerar el principio de presunción de inocencia.
Un asociado de CEAfue
sancionado por el Ayuntamiento de Madrid por ir presuntamente hablando por el
móvil mientras conducía y se le impuso la multa de 200 euros y la pérdida de 3
puntos de carné, por “Conducir utilizando manualmente dispositivo de telefonía”
una infracción que recogen el artículo 24 de la Ordenanza de Movilidad y 65.4
de la Ley de Seguridad Vial.