domingo, 6 de marzo de 2016

B BREVES NOTICIAS DEL SALÓN INTERNACIONAL DEL AUTOMÓVIL DE GINEBRA


A BREVES SOBRE EL SALÓN INTERNACIONAL DE GINEBRA 2016


KIA MOTORS IBERIA CIERRA FEBRERO COMO SEGUNDA MARCA MÁS VENDIDA EN EL CANAL PRIVADO


LA OPINIÓN de José Luis Vilaplana


EL “MARAVILLOSO”  TESTRA


Este artículo va dirigido en especial a aquellos que todavía no tengan la inmensa fortuna de saber que es el –TESTRA- Tablón Edictal de Sanciones de TRAfico, aquí lo puede ver: sin certificado digital, 
https://sede.dgt.gob.es/es/aplicaciones/testra-sin-certificado.shtml, y con certificado digital https://sede.dgt.gob.es/es/aplicaciones/testra-con-certificado.shtml y para aquellos que aún sabiéndolo, quieran profundizar en las “bondades del mismo”, sigue leyendo.

TESTRA es un buscador de “multas gratuito”, que permite encontrar por tu DNI, Matrícula o apellidos las infracciones que hubieras podido cometer. Pero ojo, tuyas y de otros porque si no has tenido la precaución de darte de alta en la lista de excluidos de TESTRA, cualquiera puede consultar tus sanciones.

Así que si te preocupa que cualquiera pueda verlas, en cuanto termines de leer este artículo, no antes, date de alta en la lista de excluidos para que solamente tu puedas realizar la consulta sobre tu situación.
Si sospechas que has cometido alguna infracción y quieres saber si has sido descubierto, consulta TESTRA,  y si no  apareces, no cantes victoria todavía porque, no implica que no te hayan pillado… simplemente puede ir con retraso.

Para quedarte tranquilo ten siempre presenteel plazo de prescripción de las infracciones, tres meses para las infracciones leves y seis meses para las graves y muy graves, que comenzará a contar a partir del mismo día en que los hechos se hubieran cometido.
Desde junio de 2015, debido a la entrada en vigor de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa que apoyan la notificación mediante el Tablón Edictal Único,  TESTRA se ha visto reforzado.
Esta reforma vino como consecuencia del teórico abuso de la DGT, insertando en el tablón las sanciones sin siquiera haber intentado comunicar la sanción a los conductores conforme a la Ley, lo que obviamente provocó las reclamaciones de los mismos, con la consiguiente estimación de las denuncias.
Con esta nueva modificación, ya, “no importará” si la administración no tiene alguno de los datos necesarios para ponerse en contacto contigo, es decir, insisto, no importará si eres un desconocido, se ignora tu lugar de residencia o el medio de notificación no ha sido el adecuado, pues según la DGT,tú podrás saber si has sido cazado de alguna forma “gracias a este Tablón” en el que será publicado, más bien, la multa te será impuesta aunque desconozcas la infracción que se te imputa,  no se te haya comunicado nada en el domicilio, o no tengas el aviso de recogida en tu buzón.

Para las personas físicas se intenta en el domicilio, que figure en los registros de la DGT, 2 veces con un margen mínimo de 3 días entre una y otra,  y Si pasados estos tres días se sigue sin poder entregar la notificación, automáticamente se publica en el Tablón Edictal. No cruzan datos con otras administraciones, que podrían, y garantizarían un procedimiento “justo”,  sólo lo intentan en el domicilio que les conste en los Registros de Tráfico, y si no localizan…. Al tablón….

En el caso de personas jurídicas (instituciones) la notificación de la infracción es todavía más sencilla directamente, será en la dirección electrónica vial facilitada a la DGT.
Es obvio que existen innumerables BONDADES del Testra, para la Administración, ya que Este Tablón permite ahorrar más de 5 millones de euros al año en trámites de notificación, amén de facilitar el trabajo, pero, ¿realmente lo es para “nosotros” los sufridos administrados?, mi respuesta sería NO, al final las garantías se pierden a favor de la “eficacia” en la recaudación, otros dirían “voracidad recaudatoria” de la susodicha. Que cada cual que me lea, vea que es más importante, y seguro para todos.

Por último, curiosamente, para notificarte (si tú te ofreces) las sanciones todo son “facilidades”, hasta por email, dándote de alta en la plataforma D.E.V. (Dirección Electrónica Vial), podrás recibir un email con la notificación con la opción de descargarla, menos mal que es voluntario para los conductores particulares; e incluso por SMS, Si facilitas el número de teléfono móvil también podrás recibir un SMS.

En fin que a partir de ahora será el tablón más consultado para evitar sustos innecesarios de embargos en nuestras cuentas corrientes por sanciones de tráfico que desconocíamos, que ahora también serán también muy fáciles de embargar, y sin apenas darnos cuenta, es decir, que nos podemos ir de vacaciones el 1 de agosto, multarnos el 2, y volver de las mismas, con un curioso “embargo” en nuestra cuenta bancaria sin posibilidad de reclamar, alegar, ni patalear, al menos...es decir supondrá volver de unas;  vacaciones “más caras”. Pero no olvidéis, es mi opinión, y seguro que estoy equivocado.

TRÁFICO ESTABLECE LAS CONDICIONES PARA EL USO DE LOS SISTEMAS DE ESTACIONAMIENTO ASISTIDO DE LOS COCHES