EL “MARAVILLOSO” TESTRA
Este
artículo va dirigido en especial a aquellos que todavía no tengan la inmensa
fortuna de saber que es el –TESTRA- Tablón Edictal de Sanciones de TRAfico,
aquí lo puede ver: sin certificado digital,
https://sede.dgt.gob.es/es/aplicaciones/testra-sin-certificado.shtml, y con
certificado digital
https://sede.dgt.gob.es/es/aplicaciones/testra-con-certificado.shtml y para
aquellos que aún sabiéndolo, quieran profundizar en las “bondades del mismo”,
sigue leyendo.
TESTRA es un
buscador de “multas gratuito”, que permite encontrar por tu DNI, Matrícula o
apellidos las infracciones que hubieras podido cometer. Pero ojo, tuyas y de
otros porque si no has tenido la precaución de darte de alta en la lista de excluidos de TESTRA, cualquiera
puede consultar tus sanciones.
Así que si
te preocupa que cualquiera pueda verlas, en cuanto termines de leer este
artículo, no antes, date de alta en la lista de excluidos para que solamente tu
puedas realizar la consulta sobre tu situación.
Si sospechas
que has cometido alguna infracción y quieres saber si has sido descubierto,
consulta TESTRA, y si no apareces, no cantes victoria todavía porque,
no implica que no te hayan pillado… simplemente puede ir con retraso.
Para
quedarte tranquilo ten siempre presenteel plazo de prescripción de las
infracciones, tres meses para las infracciones leves y seis meses para las
graves y muy graves, que comenzará a contar a partir del mismo día en que los
hechos se hubieran cometido.
Desde junio
de 2015, debido a la entrada en vigor de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre,
de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa
que apoyan la notificación mediante el Tablón Edictal Único, TESTRA se ha visto reforzado.
Esta reforma
vino como consecuencia del teórico abuso de la DGT, insertando en el tablón las
sanciones sin siquiera haber intentado comunicar la sanción a los conductores
conforme a la Ley, lo que obviamente provocó las reclamaciones de los mismos,
con la consiguiente estimación de las denuncias.
Con esta nueva
modificación, ya, “no importará” si la administración no tiene alguno de los
datos necesarios para ponerse en contacto contigo, es decir, insisto, no
importará si eres un desconocido, se ignora tu lugar de residencia o el medio
de notificación no ha sido el adecuado, pues según la DGT,tú podrás saber si
has sido cazado de alguna forma “gracias a este Tablón” en el que será
publicado, más bien, la multa te será impuesta aunque desconozcas la infracción
que se te imputa, no se te haya
comunicado nada en el domicilio, o no tengas el aviso de recogida en tu buzón.
Para las
personas físicas se intenta en el domicilio, que figure en los registros de la
DGT, 2 veces con un margen mínimo de 3 días entre una y otra, y Si pasados estos tres días se sigue sin poder
entregar la notificación, automáticamente se publica en el Tablón Edictal. No
cruzan datos con otras administraciones, que podrían, y garantizarían un procedimiento
“justo”, sólo lo intentan en el
domicilio que les conste en los Registros de Tráfico, y si no localizan…. Al
tablón….
En el caso
de personas jurídicas (instituciones) la notificación de la infracción es
todavía más sencilla directamente, será en la dirección electrónica vial
facilitada a la DGT.
Es obvio que
existen innumerables BONDADES del Testra, para la Administración, ya que Este
Tablón permite ahorrar más de 5 millones de euros al año en trámites de
notificación, amén de facilitar el trabajo, pero, ¿realmente lo es para
“nosotros” los sufridos administrados?, mi respuesta sería NO, al final las
garantías se pierden a favor de la “eficacia” en la recaudación, otros dirían
“voracidad recaudatoria” de la susodicha. Que cada cual que me lea, vea que es
más importante, y seguro para todos.
Por último,
curiosamente, para notificarte (si tú te ofreces) las sanciones todo son
“facilidades”, hasta por email, dándote de alta en la plataforma D.E.V.
(Dirección Electrónica Vial), podrás recibir un email con la notificación con
la opción de descargarla, menos mal que es voluntario para los conductores particulares;
e incluso por SMS, Si facilitas el número de teléfono móvil también podrás
recibir un SMS.
En fin que a
partir de ahora será el tablón más consultado para evitar sustos innecesarios
de embargos en nuestras cuentas corrientes por sanciones de tráfico que
desconocíamos, que ahora también serán también muy fáciles de embargar, y sin
apenas darnos cuenta, es decir, que nos podemos ir de vacaciones el 1 de
agosto, multarnos el 2, y volver de las mismas, con un curioso “embargo” en
nuestra cuenta bancaria sin posibilidad de reclamar, alegar, ni patalear, al
menos...es decir supondrá volver de unas;
vacaciones “más caras”. Pero no olvidéis, es mi opinión, y seguro que
estoy equivocado.