Durante la entrega del Premio ABC Mejor Coche del Año
2015 al Citroën C4 Cactus, Cristeto apuntó que el Gobierno está estudiando en
la actualidad la viabilidad de lanzar un nuevo Plan PIVE cuando se acaben los
fondos del actual, del que, según fuentes del sector, quedan unos fondos de 25
millones de euros.
lunes, 16 de marzo de 2015
GANVAM "LAMENTA" LAS SANCIONES A CONCESIONARIOS Y DICE QUE EL AUTOMÓVIL ES MUY COMPETITIVO
El presidente de Ganvam se mostró en contra de las malas
prácticas en el sector "si es que se hacen", aunque aseguró que el
automóvil es uno de los sectores que tienen una mayor competitividad.
domingo, 15 de marzo de 2015
LA OPINIÓN
1869-1948. Político y pensador indio |
ME EQUIVOCO
Tras la última reforma de la LSV y la manera de entender
la administración las sanciones, su pago y las ventajas de un pronto pago,
suponen aunque parezca lo contrario una encubierta vulneración de derechos del
administrado. Usted. Me explico.
Hace años, cualquiera iba por la calle, un particular,
padre de familia, tú, yo, tu prima o abuelo, y un agente de la autoridad le
imponía una sanción, la tenía, entre otras cosas, que tipificar (decir por qué
me multa y en base a qué artículo de la ley o reglamento) y si estaba en
circulación, pararme, identificarme y darme la sanción.
Asumiendo que lo que ya decían los tribunales, desde los
pequeñitos a los grandes, Tribunal Supremo y Tribunal Constitucional, esos que se
dedican, ahora cada día a preguntarle cosas de su día a día, a políticos,
corruptos o no, eso ya se verá, y directores de banca y consejeros que no
teniendo bastante con lo que ganaban disfrutaban de “ventajas” que ningún
trabajador, disfrutan, ya que parece que es bastante con “disfrutar” de un
trabajo hoy en día. Me pierdo, (…) ah sí, lo que dicen es que los agentes de la
autoridad tienen PRESUNCION DE VERACIDAD, es decir que vale lo que dicen por el
mero hecho de decirlo, y el administrado sancionado deberá de componérselas
para probar cumplidamente que está el agente equivocado y la razón y las
pruebas que le amparan.
Eso no parecía bastante, y así se reglamentó que, ya no
era necesario parar al supuesto infractor, (supongo que, y esto será así, no tiene
medios bastantes para poder estar en todos sitios), después de esta
modificación parece que no Recaudatoria, si no organizativa, (seamos buenos por
ahora), en el caso de que se cometiera la barbaridad de pensar que se había
equivocado el agente y que realmente nos estaban sancionando indebidamente, se
nos decía: “no alegue usted, no pida expediente administrativo, no plantee
Recurso de Alzada”, nótese quien me lea y conozca de que va esto, pues todo se
lo han denegado, habitualmente con una “plantilla” muy bien confeccionada que
dice USTED NO TIENE RAZON EL AGENTE SI, NOSOTROS MÁS.
Para evitar pasar por ese “calvario”, de denegaciones, la
administración, bondadosa ella, nos decía, “…venga que te hago un descuento si
lo pagas rapidito, pero eso significa que eres culpable y no puedes ejercer tu
legítimo derecho a ir en contra de mis actos…” Claro la mayoría se quedaban
ahí. Normal.
Pero había, “inconscientes ellos”, que querían mantener
que estaban en su legítimo derecho de defender su razón, su derecho al fin y al
cabo, y seguían hasta llegar a nuestros
Tribunales de lo contencioso, y ahí, claro los buenos jueces, anulaban los
expedientes y actos administrativos, por ser lógicamente nulos y haberse
privado de elementales derechos al ciudadano. Y por si fuera poco, había, en
este caso jueces que incluso empezaron poner “costas” a la administración,
“audaces estos jueces”. Es decir la administración debía pagar los gastos del
ciudadano, ¡¡¡ uy uy, qué peligro !!!!.
Alguien pensó, esto “se nos va de las manos: dejamos de
recaudar y algunos incluso llegan a costarnos dinero. Qué hacemos”.
Y surgió, no sólo para esto, LAS TASAS JUDICIALES, (pagar
por litigar contra nosotros que buena idea) pero como eso podría parecer muy
evidente, se dijo para que no haya esos inconscientes, vamos a reducir el
“pronto pago” de la sanción hasta el 50%, así ninguno se pensará llegar hasta
un JUEZ que, se le ocurra no darnos la razón. Que va a parecer que hay
separación de poderes y todo.
Este descuento así sin más podría, hasta estar bien, si
con carácter previo no se hubieran subido LOS IMPORTES DE las sanciones
pecuniarias, ah pillín, que te crees que no estaba pensado (…)
Y dónde me equivoco, pues que hace unas semanas, han
quitado las TASAS para las personas físicas, que no tiene nada que ver el año
electoral, lo han hecho por que se han dado cuenta de la cantidad de personas
que han visto pisoteados sus derechos dejándoles sin acceso a la justicia durante
estos años y somos un “estado, social y democrático de derecho, que propugna
como valores fundamentales de su ordenamiento jurídico, la libertad la JUSTICIA,
la igualdad y el pluralismo político”, habrá hasta quien sepa que estas bonitas
PALABRAS SUBRAYADAS están sacadas de NUESTRA CONSTITUCIÓN, qué curioso lo poco
que vale a veces lo que está escrito si no se aprende a leer desde el corazón,
la educación y el respeto.
Han quitado las TASAS, repito, sea por lo que sea, bien
está (NO olvidemos que quedan aún las de las PYMES), pero qué pasará, volverán
a subir las sanciones, o será menor la ventaja del “pronto pago”, se admiten
apuestas, o no¡¡¡
ME EQUIVOCO y no subirán las sanciones ni bajaran el
porcentaje del pronto pago, simplemente dedicaran el dinero recaudado para
mejorar las carreteras, enseñar auténtica educación vial en el colegio y al
conductor a conducir con prudencia y facilitaran los medios y la dotación
económica a los agentes de tráfico, para que sigan haciendo un excelente
trabajo con “los medios” que tienen salvándonos la vida, como pese a todo hacen
en las carreteras día tras día. ¿ME EQUIVOCO?
José Luis Vilaplana
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