ROCÍO
La Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su
artículo 18, establece lo siguiente: “Toda persona tiene derecho a la libertad
de pensamiento, de conciencia y de religión…”
Si a eso le añado una pizca de tolerancia religiosa, puedo continuar
diciendo que los seres humanos debemos respetar y aceptar otras formas de vida,
creencias e ideas, así como la no creencia en ninguna religión; también diré
que me parece una infamia burlarse de los sentimientos ajenos y, para concluir,
manifiesto que a este modesto articulista, que no es precisamente rociero ―he ido a la fiesta tres espaciados días en mi vida―, se le apetece hablar del Rocío con deferencia a todas las personas
que emprenden el camino a la aldea, con fe o sin ella, con recogimiento
religioso, con ganas de divertirse o con ambas intenciones…