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domingo, 27 de diciembre de 2015

LA OPINIÓN de José Luis Vilaplana (11 de Enero de 2015) Fue el primer artículo del año 2015



En estos días me alegro de pensar que vivo en un país y debería decir “un mundo” (iluso) donde existe la “libertad de expresión”, así se lo digo a mis hijas, porque yo:


•       Quiero poder opinar
•       Quiero, incluso, poder equivocarme al opinar
•       Quiero “poder” no opinar lo mismo que tú
•       Quiero que pueda opinar distinto a ti “y decírtelo”




      NO QUIERO QUE NADIE ME IMPONGA CON EL MIEDO MI DERECHO A DECIRLO, ESCRIBIRLO, DIBUJARLO, FILMARLO, O INCLUSO CANTARLO


Dicho esto, unas breves líneas por el respeto que se merece quien me lea.
                       
                       YA QUEDA POCO, ¿LO SABES?


El nuevo Reglamento General de Circulación se aprobará en los primeros meses de 2015, pero  sabemos realmente qué viene de nuevo, una vez que sea modificado el Reglamento General de Circulación actual. De lo más importante adelantamos lo que sigue y en posteriores semanas haremos un comentario y comparativo mayor.

a) Circulación de bicicletas y motocicletas:
- Bicicletas: se limitará la velocidad a 30 km/h en muchas calles urbanas. También y muy importante, esto es la obligatoriedad del uso de casco para ciclistas menores de 16 años en todo tipo de vía, ya sin ninguna excepción.
- Motocicletas y ciclomotores: se acaba con la posibilidad de la exención por causas médicas y el uso de cascos no homologados.

b) Sistemas de seguridad: cinturones de seguridad y de retención infantil.
Se aclaran determinados aspectos, no muy clarificados anteriormente o sujetos a varias interpretaciones, respecto a la exención de su uso, no muy entendible la mayoría, dicho sea de paso, de este uso, o más bien “no uso” del cinturón de seguridad y en particular nos referiremos a dos de ellas.
- la de los conductores, al efectuar la maniobra de marcha atrás o de estacionamiento
- la de los conductores de taxis en servicio. Asimismo, cuando circulen en áreas urbanas podrán transportar a personas cuya estatura no alcance los 135 cm sin usar un dispositivo de retención homologado, siempre y cuando que ocupen un asiento trasero.

c) Velocidad.
La velocidad en autopistas y autovías con limitación de 120 km/h se podrá aumentar a un máximo de 130 km/h para turismos, motocicletas y vehículos de tres ruedas, en tramos con índices acreditadas de seguridad, buenas condiciones de trazado, pavimentación, y óptimas condiciones meteorológicas y ambientales, por las administraciones competentes en cada caso.
En carreteras convencionales con arcén de 1,5 metros, se reducirá la velocidad máxima a 90 km/h (actualmente 100 km/h), y será de 50 km/h en carreteras de 6,5 metros de ancho con línea longitudinal que separe ambos sentidos y si la línea no existe (en la actualidad, 70 km/h).
En vías urbanas y travesías la velocidad máxima seguirá siendo de 50 km/h, pero se rebaja a 30 km/h en vías de un sólo carril y sentido único de circulación, o con un carril por sentido, y a 20 km/h en calles con plataforma única de calzada y acera.

d) Implantación de registros informáticos y mejora de la relación con el usuario.
- Integración de las ITV en el sistema informático de la DGT: en estos casos la facilidad es que no será necesario presentar la documentación físicamente, (y espero que la pegatinita se pueda no tener que poner en la luna delantera, la cual siempre me ha “disgustado”, dejémoslo ahí…) y se elimina la obligatoriedad de que el vehículo tenga que volver a pasar inspección técnica en casos de deterioro, extravío o sustracción del permiso o la licencia de circulación.

No quiero acabar sin una crítica frontal al LEGISLATIVO –Gobierno- (ya que puedo) si se llega a aprobar, lo que no espero se materialice y ya comentaré las consecuencias de la DESPENALIZACIÓN DE FALTAS, que en definitiva  privaría a los accidentados de acudir a los “relativamente rápidos y económicos juicios de faltas” para ver satisfechos sus daños tras un accidente de tráfico, por las compañías de seguros. Con claros beneficiados y perjudicados de la aprobación de estas medidas legales, que a nadie le extrañará e incluso ya supondrá quiénes sea unos y otros.
                                                                            José L. Vilaplana.


domingo, 13 de diciembre de 2015

LA OPINIÓN con José Luis Vilaplana

“Anónimo” 

CONDUCTAS PUNIBLES Y 2. ¿Ya si lo sabes?

Decíamos en el artículo anterior que me encontraba con datos sorprendentes, revisando las estadísticas del Instituto Nacional de Idem (INE), en particular en lo que afecta a los delitos cometidos contra la Seguridad Vial, os recuerdo que son más del 30% de los delitos en el ámbito de nuestra comunidad Andaluza fueron delitos contra la Seguridad Vial., y a la vista de estos datos os adelantaba una serie de conductas punibles, fácilmente realizables, aun sin saberlo, hoy continuamos con algunos hechos más, que ya no debe sorprendernos que sean punibles, esto es penables, esto es sancionable, esto es, hasta “carcelables” (esto la Real Academia de la Lengua “RAE” no me lo va a perdonar….), vamos que podemos incluso acabar en prisión-cárcel, quizá no por usar el término “carcelables”, pero si por lo que os cuento a continuación, vamos a ello.

Seguimos con la sistemática del Código Penal, que así se nos hace más fácil de explicar y entender.

El Art. 381.1, recoge:
El que conduzca de forma temeraria (380 CP) y además lo haga con manifiesto desprecio por la vida de los demás será castigado con prisión de 2 a 5 años, (aquí la tenemos 5 años) y  multa de 12 a 24 meses y la retirada del carnet por un período de entre 6 a 10 años. Cuando, aun realizándose la conducta anterior, no se ponga en concreto peligro la vida o la integridad de las personas “únicamente” se impondrá la prisión de 1 a 2 años, multa de 6 a 12 meses y retirada del carnet por tiempo de entre 6 y 10 años. Esto es: Conducción con manifiesto desprecio por la vida de los demás.

El ejemplo más típico es el conductor ante la presencia de un control de alcoholemia se le da el alto, y el mismo haciendo caso omiso de esta orden de la Guardia Civil, no sólo no para, sino que los arrolla y se da a la fuga.

Seguimos con el Art. 383
Algo que ya hemos adelantado en otros artículos específicos del tema, pero que ahora viene bien recordar

El conductor que, requerido por un agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas a que se refieren los artículos anteriores, será castigado con la penas de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

Es importante un dato, No sólo sería negarse, (del que ya hablamos en su momento) sino incluso no poner todos los medios para realizar las pruebas en condiciones, el mero hecho de no “activar el etilometro” puede entenderse como simulación de la prueba y equivale a negarse a hacerse las pruebas. En este caso olvidemos los “consejos de los amigos” nos pueden salir MUY CAROS.

Otro más, el Art. 384
El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.
También es de advertir que se impondrá la misma pena, cuando teniéndolo el permiso ha sido privado del temporal o definitivamente por decisión judicial y quien no lo hubiera obtenido nunca.

Para acabar esta serie: el Art. 385
Conductas que “originan riesgo” para la circulación.

A qué se está refiriendo este artículo, pues bien, colocar en la vía objetos imprevisibles, derramar sustancias deslizantes o inflamables o mutando, sustrayendo o anulando la señalización o por cualquier otro medio, o no restablecer la seguridad de la vía cuando haya obligación de hacerlo será castigado con la pena de 6 meses a 2 años de prisión o multa de 12 a 24 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 10 a 40 días. Hasta estas conductas que pueden parecer “habituales” debemos ser cuidadosos, pues conllevan prisión hasta 2 años.

Conductas tan “normales” como parar el vehículo en el arcén a echar una cabezadita, tumbar las señales como “un juego”, tirar piedras desde un puente, o algo tan habitual como dejar caer la carga de un vehículo mal ubicada en el techo, (lo habitual no es dejar caer la carga es llevarla, eh…) o incluso dentro de los limites pero siendo poco diligente en su transporte. Si ese colchón en el techo del coche de adelante que ves que empieza a volar, ese, ese, con lo bien que iba sujeto por los “poderosos brazos” de conductor y copiloto…..

O es que no nos vemos reflejados en alguna de estas “ordinarias” conductas, y seguro que no pensabais que pudieran estar PENADAS con hasta 2 años de prisión, pues sí.

Estas conductas también nos dice el INE que se redujeron en los últimos años, dato positivo, pero con un dato también digno de mencionar siguen ocasionando menos accidentes, pero siguen siendo mortales, y  otros con heridos, pero los provocan y a cualquiera nos puede tocar, cometerlos y sufrirlos, en activa y en pasiva. Cuidemos de los otros para cuidarnos, seamos “egoístas” en la circulación pero de manera positiva, cuidándonos en la circulación, cuidamos a la circulación en beneficio de todos. Buena semana, que esta pronto a llegar la Navidad, Felicidades a todos.

domingo, 4 de octubre de 2015

LA OPINIÓN

Proverbio Alemán (vaya, que previsores)

Opinamos de Sistemas de Retención Infantil (SRI), o no.


En un país de la vieja Europa de cuyo nombre quizá prefiera olvidarme, compartían una mañana una taza del mejor café que se podía ofrecer en el barrio de esa ciudad costera, al sol de ese lunes sin expectativa de luna llena.


¿Alejandro te has enterado de la última? No, dime María Luisa,
 Pues que resulta que dice nuestro Ministro Sr. Burgos que no nos tenemos por qué preocupar.


Y eso, qué ocurre, me he perdido he estado una semana ayudando a estudiar a mi hijo para ver si saca sus estudios para no perder la beca y no he podido ver nada en la televisión de esos programas tan educativos que tienen gente que es tan inteligente que igual te habla de un descarrilamiento de tren, como te comenta una sentencia y fíjate lo que te digo si son listos que la pueden comentar hasta sin leerla, ya te digo, ni mi abogado de cabecera sabe cómo se hace eso, mira que es torpe.


Pues mira resulta que la marca de coches wolfs”caguen” ha engañado a la gente que ha comprado sus coches y les ha vendido algo que no correspondía a lo que han pagado, que lo han estado haciendo saltándose todos los controles, y normativas europeas y nacionales, pero que no nos preocupemos, que se han comprometido a solucionarlo.

A sí, no sabía, María Luisa y cómo lo van a hacer.

Pues muy sencillo, como parece que todo es cuestión de un “sencillo” programa informático que pueden manipular a discreción, pues ahora vas a poder llegar con tu coche al concesionario, y “sin coste para ti”, lo van a volver a manipular, para que ahora si contamine lo que antes manipularon para “no contaminar” sencillo, no.
Sencillo será, pero algo les pasara no, le reñirán al menos, porque si me lo estás diciendo por mi modelo Wolfs 1.4, yo lo compré precisamente por esas condiciones, y ahora sería como engañarme dos veces y esta, la segunda ya sabiéndolo yo. La verdad que no entiendo que eso lo diga nuestro Ministro. Tendrá alguna repercusión, y algo me tendrá que dar, aunque sea pedirme “perdón” y me compense por tratarme de tonto.

Amos a ver Alejandro, es que no entiendes nada, eso es cuestión de magnitudes macroeconómicas de flujos de la economía mundial que se escapan a nuestro entendimiento, son parámetros estructurales de la curva de influencia de la teoría de Hessinger, y no está hecho para que nosotros lo entendamos. Ten en cuenta que al menos nos hacen el favor de repararlo, sin querer cobrarnos por ello, (al menos ahora) que si te descuidas, como eran vehículos que contaminaban poco y podían estar subvencionados, no lo digas muy alto, a ver si encima cuando pase 
todo esto, no se sacan alguna norma que te exija la devolución de las 
subvenciones indebidamente cobradas. (…)

Si, pues insisto no lo entiendo, al final siempre pagamos los mismos, y mucha magnitud macroeconómica, y curva de deflación negativa con recesión retardada (y todo lo que se les ocurra, que al final ni los entienden, ni los que entienden de todo de los que están en el resto de cadenas que no son, La2), que nos venden lo que hacen los grandes grupos de poder que dominan el mundo, pero al final el currito es el permanentemente perjudicado.


Y por si no fuera poco, además acabo de leer, que nuestro Ministro les ha exigido a los “culpables de Cagarla” que prueben documentalmente que no afectaba a los parámetros europeos de contaminación, pero eso sí, con pruebas fehacientes, y oye, que resulta que el dueño de Wolfs”caguen”, le ha dicho, que sí, Burgos colega no te preocupes que “te lo juro por Snoopy” que ya no os vuelvo a engañar (…) y lo sabes.

Si la verdad que visto así, tienes razón no tienes por qué preocuparte, pero la verdad es que no te lo decía por eso, en realidad es que viendo lo que ha pasado y sabiendo que trabajas montando componentes de la marca Wolfs”caguen” y dicen los directivos que esta “cagada” les va a costar mucho dinero, (menos seguro del que les ha dado a ganar, eso pa ti y pa mi) pues estaba pensando que quizá deciden cerrar alguna de las fábricas de la marca para poder soportar el coste de “su cagada” y quizá sea la tuya. ¿Lo habías pensado?

Anda pues es verdad, ni lo pensé. Pues fíjate en este momento que estamos fomentando el uso de los Sistemas de Retención Infantil (RSI), en todos los coches en los asientos de atrás como marca la normativa que acaba de entrar en vigor esta semana, no llegue ni a pensar que ese coche que estoy montando ni llegue a salir a la calle. Qué mundo vivimos, que alguien me lo explique.

“Que paren el mundo que me bajo.”
Mafalda Del Humorista Quino


todomotorsevilla@gmail.com
#todopinion

domingo, 20 de septiembre de 2015

LA OPINIÓN

PILAS CARGADAS, DESCARGA DE INTENCIONES

Volvemos de las vacaciones con las pilas cargadas, pero a veces, nos damos cuenta que hay quien pretende que nos vaciemos de carga pronto.

De hecho quiero darle un nuevo aire a esta mi sección de opinión, dándole un contenido distinto, asumiendo que estoy escribiendo en una página que es un referente en el mundo del  Motor el tráfico, la circulación, los accidentes, no me gustaría que no pudiéramos poder comunicarnos de manera amplia, y que mis pensamientos desarrollados en línea a línea, sean de vuestro agrado, a veces os saquen una sonrisa de la cara y a veces una muesca de tristeza, ya que la vida es la eterna dualidad, el Betis y el Sevilla, Macarena y Triana, el Blanco y el Negro, la derecha y la izquierda, (o la coleta y el catalán) siempre dos, a veces para compensar, a veces simplemente para poder tomar decisiones “fáciles” a más para elegir, más difícil, nos gustan las cosas fáciles, y así nos va.
Yo desde estas líneas abogo, porque se piense se discuta, se critique, desde la absoluta indiferencia de no sentirse definido por nada, más que por la felicidad común, un gran corazón, la sonrisa, el bien a los demás y una “jartá” de sentido del humor, la risa incluso antes que el sentido común, ¿no? Ese sentido común tan poco común.
Soltado este rollo, y como soy abogado, para lo bueno y lo malo, os explicare el porqué del comienzo de mi artículo “…descargarnos pronto…”, leía el otro día un artículo que detallaba toda las leyes que habían “nacido” en el verano, ese que ya nos ha dejado a lo bestia, con la “ciclogénesis explosiva” que cuando yo era pequeño, se llamaba “temporal y lluvias fuertes”, pues bien me permito copiar y pegar para que veáis la barbaridad.

(Podéis ir directamente al final del listado no os lo echaré en cara…)



Si no he contado mal, suman 1.288 páginas, esto es 64 páginas y media por día para un “descanso” de 20 días. Olvídese Ud. de la playa o la montaña, los encuentros con los conocidos, el camping, la piscina o cualquier otra actividad lúdica en agosto, luego cuando alguien  esté tomando una cerveza, refresco o café, me haga la típica pregunta de “oye tengo un asuntito, si quieres te lo cuento, que seguro tú sabes cómo solucionarlo rápido en un hueco que tengas” ¿que debía responder? Dentro de la más absoluta educación por supuesto, en fin.
Y esto me hace preguntar, ya que hablamos en artículos previos modificaciones importantísimas del código penal que afectaban a los accidentes de tráfico, la eliminación de las Faltas, y que volveremos a tratar en esta esquina que me dan para vocear frente a todos, pero es que entre todas esta maraña legislativa hay normas de calado, que parecen escondidas en otras y no es una exageración es una triste realidad el título de la norma puede esconder una modificación casi de más importancia que lo que la norma inicial regula (de miedo vamos).
¿es el verano el momento de sacar normativa de este calado?, las normas son para conocerlas, para ser útiles, para garantizar una mínima seguridad jurídica para el ciudadano, y hecho así parecen sacarlas de tapadillo, (luego ya dirán lo del desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento)  y esto a unos meses de poder dejar el Gobierno, es qué no se ha tenido tiempo para trabajarlas, a veces no entiendo nuestros políticos, ¿para quién trabajan?, para mí, no, me dan la impresión, para mis vecinos, creo que tampoco, para ti, para tus vecinos, tampoco seguro, pero no se equivoquen no es cuestión de colores, de dualidades como antes decíamos, es cuestión de responsabilidades de honestidad de principios, o ausencia de estas o estos, no hay un político que sea capaz de mirarle a la cara a sus votantes o posibles votantes sin una sonrisa irónica de “me estoy quedando contigo… Y lo sabes”

Ah sí, feliz vuelta de vacaciones, el siguiente tendrá algún contenido “útil” aunque sea mi opinión, lo prometo. Por qué puedo prometer y prometo.

domingo, 19 de julio de 2015

LA OPINIÓN

Marie Curie (1867-1934) Física , matemática y química polaca.

PONTE EN TU LUGAR IIª PARTE.



Nos vamos de vacaciones que gran noticia, vamos a hacer kilómetros, con calor, con largas colas, pero lo mejor estará al llegar, que no nos quepa duda, por cierto me encanta el último anuncio de la DGT https://www.losobjetosmascarosdelmundo.com  nos debería hacer pensar y mucho, que fácil y a la vez tan difícil es darnos cuenta cuando conducimos lo que llevamos entre manos, y más cuando además llevamos nuestra familia que depende de nosotros, si al menos no nos hace pensar esto en la vida (familia) de los demás, seamos “egoístas” pensemos en nosotros mismos, nos cuidamos y cuidamos a los demás que fácil es.



Así que debido a las fechas y a que me despido hasta la vuelta de las vacaciones en septiembre he querido recuperar la segunda parte de PONTE EN MI LUGAR, con otra serie de “pensamientos” que cada cual se “ponga en su lugar”.

Esta difícil aparcar lo sé, quizá lo más fácil, es ese sitio, sobre la acera y en carril bici, pero sabes que no es el lugar, ponte en el lugar del peatón, al final se verá afectado, y no te digo nada si va Mami con su carrito de bebe, pero recuerda antes de montarte en tu coche eres, ¡ah vaya!, no me di cuenta, peatón, ponte en tú lugar.


Es tu hijo, no lo haces a conciencia, es evidente, pero has pensado lo que supone en un paso de cebra adelantarse con el carrito, puede que la culpa sea del conductor, seguro, de eso no hay duda ni excusa, pero realmente importa de quién sea la culpa, ponlo a tu altura y protégelo, es lo más importante de tu vida, ponte en su lugar.

Estamos de enhorabuena, de verdad averiguaste que el modelo además de ese moderno navegador lo lleva de serie, tanto el de la izquierda como el de la derecha, en eso no hay ideas políticas, pero en esto como en la vida el momento lo es todo, los ingleses le llaman timing, te has dado cuenta que era tu salida, pues va a resultar que no será suficiente que pongas el intermitente, piensa en velocidad, proximidad otros vehículos, reacción en cadena, y sobre todo la subida de prima del próximo año de tu seguro, quieres ponerte en algún lugar.



¡Móvil!, de verdad, ¿conduciendo? Está claro que estas FUERA DE LUGAR.

Los vehículos preferentes (policía, ambulancia, bomberos), sólo requieren de ti parar y/o apartarse para dejar pasar, tu podrías estar dentro, ponte en su lugar, y además, aunque alguno lo crea, no es el facilitador de una vía rápida, a que no, el “rebufo” déjalo para el Tour de Francia.?

        Hay más muchas más, a todos seguro que si pensamos nos saldrían unas cuantas, la circulación, la educación y el respeto al otro y a nosotros mismos van de la mano, así que felices vacaciones con el coche, la moto o como decidáis moveros, pero como también decía otro gran anuncio de la DGT https://youtu.be/PBTOed7aK9o lo importante es que llegues, … y volver añadiría yo.

PD. Que nadie se me enfade, que nadie se dé por aludido, todos lo podríamos ser, si nos miramos dentro “de verdad”, han sido pensamientos de la circulación diaria asociados a la norma pero más a la propia educación y el respeto a los demás, no pretende ser nada más que eso, una opinión. Mi opinión.

                                                      JLVilaplana
                                         todomotorsevilla@gmail.com
                                         #ponteenmilugar

domingo, 5 de julio de 2015

LA OPINIÓN

SABER COMO ACTUAR SIEMPRE NOS AYUDA A SALIR DEL ATOLLADERO


DecisiónTheodore Roosevelt (1858-1919) Vigésimo sexto Presidente de los Estados Unidos.



Espero que puedan disfrutar de sus seguro, merecidas vacaciones.

Hoy me dedicaré a tratar un tema que ligado a este blog que se dedica al motor, es lo que menos nos gustaría tratar, los accidentes de tráfico, en posteriores semanas trataré sus consecuencias.

Un accidente de tráfico siempre es una desgracia, tanto para quien lo padece, como para sus familiares. Aun cuando sólo se den daños materiales que afecten únicamente al vehículo, son numerosas las molestias que nos provoca estar sin nuestro medio de transporte. Evidentemente, si hay daños personales, los perjuicios aún son mayores.

Hoy nos gustaría trasladarle una serie de consejos básicos, una vez haya sufrido el accidente:

1º ante todo mantenga la tranquilidad y compruebe que todas las personas involucradas en el accidente están en perfectas condiciones.

2º en el caso de que haya algún herido,llame inmediatamente a una ambulancia (112) y ya vendrá la policía o guardia civil para que levante el atestado correspondiente y obligatorio. Intente asegurar la zona al objeto de no provocar otro accidente.

3º intente, en la medida de lo posible, rellenar el parte amistoso, si puede tome fotografías del siniestro con el móvil, que seguro lleva encima. Tome los datos de todos los testigos que hayan presenciado el accidente.

4º comuníquelo a su aseguradora durante los siete días siguientes al accidente o inmediatamente a su abogado de confianza y él le realizará todos los trámites.

5º nunca acepte una indemnización por daños y perjuicios sin antes haber consultado con un abogado de su confianza.

6º guarde cuidadosamente todos los documentos relativos al accidente, tanto aquellos relacionados con los daños del vehículo, como los relativos a los daños personales que usted haya sufrido (partes de accidente, bajas, informes, documentos médicos, tratamiento de rehabilitación, placas, tacs, recibos de taxis, medicamentos, etc.). Son imprescindibles para la prueba en la posterior reclamación.

7º si ha sufrido lesiones, debe presentar denuncia dentro de los seis meses posteriores al accidente, que es el plazo legal máximo para interponer denuncia. Sin embargo, si se le pasó, no lo tiene todo perdido, recuerde que para la vía civil aún tiene un año.

8º ejerza su derecho a cobrar una indemnización justa hasta el final y con todas las posibilidades que le marca la ley.

Sobre todos los puntos anteriores, lo más importante y más difícil; mantenga la tranquilidad en todo momento y piense que lo más importante es la salud, su situación personal, y no es importante el vehículo, piénselo, lo importante son las personas y si hubiera, los heridos.

LA OPINIÓN: LAS BICICLETAS SIEMPRE SERAN PARA EL VERANO, (…) Y PARA EL OTOÑO, LA PRIMAVERA Y ABRIGADITOS EL INVIERNO.


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domingo, 21 de junio de 2015

LA OPINIÓN

Seudónimo de Samuel Langhorne Clemens, escritor y periodista estadounidense.


SE VUELVE A LEGISLAR, DEPRISA Y CORRIENDO,

VAYA VERANITO NOS ESPERA.

Nuestro legislador, parece que se quiere ir por la “puerta grande”, y tenemos modificaciones de esencial trascendencia y están ahí, la semana que viene, el 1/7/2015 entran en vigor, con errores garrafales (Diario EL PAÍS)) ,  en un asunto de tan vital importancia como es el Código penal, pero eso sería objeto de comentario de otro sitio, aquí valoraremos y opinaremos de las que nos afectan directamente como conductores, peatones, lesionados, accidentados en general con motivo del tráfico y la circulación vial diaria.

Pues bien, entre las novedades, el nuevo baremo distingue entre daño emergente y lucro cesante a la hora de calcular la indemnización por lesiones en accidente de tráfico. Y esto ¿es bueno o no? Antes de esta reforma, existía un porcentaje fijo.

Ahora podrá “probarse” que existe un lucro cesante, es decir una pérdida real de ingresos, con P.ej. nóminas u otros ingresos, y tener en cuenta los descuentos sociales u otras formas de acreditar el lucro cesante, sin tener que hacerse de una manera mecánica, afectara de una manera significativa a la elección del mejor profesional que tengamos, que siempre será mejor el abogado que hayamos elegido libremente con cargo al seguro, como nos permite nuestra póliza de seguro, y que sea capaz de hacer un buen trabajo para obtener el mejor resultado para el accidentado, antes estábamos en manos de profesionales mecanizados, como en realidad es el baremo.

Otra de las grandes novedades, es que la actualización del baremo se hará de manera automática, y no habrá que esperar que cada año sea aprobada y publicada dicha actualización por el gobierno de turno. Un gran error en mi opinión, pues no se realizará conforme el IPC, si no que se utilizará el índice de revalorizaciones de las pensiones, previsto cada año en la ley de presupuesto del Estado, cuando todos sabemos que las pensiones tienden a la congelación, desafortunadamente, esto “orienta” a donde nos dirige la modificación como más adelante veremos. (…)
Como “positivo”, existe en el nuevo baremo una actualización al alza de las indemnizaciones por lesiones graves y fallecimiento, y en algunas llegándose hasta un 50% más de mejora. Claro que esto debe ser fruto de un análisis económico-financiero de cuáles son los siniestros  mayoritarios, aunque la mayoría me llamará “mal pensado”, si no me creen sigan leyendo, porque causalmente ¿qué desaparece?

Pues, que va ser, desaparece el conocido como “Latigazo cervical”, de entre las llamadas “secuelas de dolor”, esto va dirigido a acabar con la secuela de mayor porcentaje en cualquier accidente de tráfico, y la que más dinero suponen al año para las aseguradoras, si es cierto que se pretende luchar contra el fraude al seguro, que lo hay, esto no es negable, pero al final como no, acabaran pagando justos por pecadores, si ahora al lesionado se le exige probar que la secuela existe, hará que en la mayoría de los casos, ya sea por falta de medios, o por, precisamente la disparidad de  medios entre la compañía de seguros y el lesionado, haga que en el mayor número de casos se desista de reclamar y una vez dado de alta,  se pierda el derecho a una secuela que realmente existe pero no se ha podido probar, siendo además la prueba del dolor difícilmente acreditable. (Como en el caso del latigazo cervical). Y esto no sería realmente tan trascendente si no fuera por lo que sigue, siga leyendo y verá.

Para ponerle el broche a la reforma, lo más grave, es que la mayor parte de los accidentes de tráfico dejaran de poder ser llevados ante un juez de lo penal, por la vía de la desaparición de los conocidos como juicios de faltas de tráfico, con las ventajas que esto conllevaba, en tiempo, más rápido que un juicio civil, y fundamentalmente en medios, para la persona sin recursos y que equilibraba un poco la balanza con la seguradora, pues contaba con un profesional neutral que valoraba sus daños, incapacidad y secuelas sin coste, al formar parte de la estructura del juzgado, a través del Forense adscrito al mismo, se ganaba en seguridad jurídica, y como decimos en aparente igualdad de armas frente a las grandes compañías de seguros, ya que todo esto en la vía civil supondrá tiempos más largos, procesos más complejos y costosos,  y al final tener que asumir más costes y costas.

En fin, una nueva vuelta atrás en Derechos al Ciudadano en beneficio de “otros”, esos que tienen abogados en plantilla, peritos y médicos en clínicas propias y que los costes, dilaciones y excesivos plazos en la Justicia no dejan de ser una “línea” en la hoja de cálculo del consultor o director financiero de turno, que según donde acabe la muesca en colorines en la presentación del power point, significará rentabilidad o no¡¡¡ frente a la “línea” de la vida del accidentado, que supondrá, sufrimiento, dolor y desesperación.

Parece que no avanzamos. Probablemente esté equivocado y mi opinión no tenga mayor valor, así que sigamos pensando que todo está bien. Otro día más.

domingo, 24 de mayo de 2015

LA OPINIÓN

Derek Bok (1930-?) Educador y abogado estadounidense.
                     ¿HEREDAR LA MULTA DE MI PADRE?

Se ve, se siente que la curiosidad del lector es inagotable, y como ya adelantamos, en nuestro artículo anterior fruto de las consultas que se nos hacen, seguimos esta semana en esa línea, para lo que volvemos a dejar reseñado de nuevo el email de consultas: todomotorsevilla@gmail.com

Al que pueden mandar la pregunta que les interesa sea respondida con el único “límite”, que estas tengan alguna relación aunque sea tangencial, como la de esta semana, con el mundo del motor, la circulación vial, los accidentes de tráfico y como no sus consecuencias legales, que al fin y al cabo son las que a todos nos interesan y afectan en nuestro PATRIMONIO, las multas económicas, en la SALUD, los accidentes de tráfico, y algo importantísimo la LIBERTAD, con las medidas de prisión  incluso, en los delitos contra la seguridad vial.

A este tema tan importante prometo dedicar, varios de los próximos artículos, porque aunque parezca que es algo que está muy alejado de la persona media, estamos muy equivocados, a la CÁRCEL SE VÁ, eso se lo aseguro y a veces ni siquiera somos conscientes que por algo que día a día nos parece habitual, un día, ese día, “ese día para olvidar”, cometemos ese que llamamos un ilícito penal que lleva aparejada “pena de prisión”, y entonces ya todo nos deja de parecer “habitual” por qué no es nada “habitual” el calabozo y “los grilletes” que es un nombre más común y castizo que se le da a las esposas en nuestras tierras, y no las esposas de las películas del oeste de John Wayne.

Pero eso será otro día.

Y aunque este “hueco” que me dejaron en esta ventana a los lectores de internet, en principio era un apartado de “opinión” lo voy a dejar de lado en algunos momentos, porque “en mi opinión” y quien me lea lo sabrá, lo más importante en estos casos, es la educación y el respeto, pero para eso lo principal es la correcta in-formación y por supuesto, de las fuentes adecuadas.


Es por todo ello que esta semana seguimos escribiendo sobre seguridad vial, normativa administrativa sancionadora y el derecho sucesorio, fruto de una consulta “muy original” las multas de tráfico, se heredan.???????

Pues bien, Eugenio nos comenta que su padre ha fallecido y que además de los bienes que les deja a él y a sus hermanos tenía varias deudas pendientes por multas impagadas  y quiere saber si los herederos deben abonarlas.

En primer lugar, sentimos de corazón el fallecimiento, de su Padre, descanse en paz.

Dicho esto, en principio, aunque parezca paradójico, las multas como cualquier derecho u obligación forma parte de la herencia pero dependerá de si se ha aceptado ante Notario la herencia y hecha la partición -reparto- (diferente al testamento que de manera coloquial se conoce,) o todavía no se haya repartido y adjudicado la herencia, incluyendo las dichosas Multas.

En el primer caso, si la partición y adjudicación ya está hecha, teóricamente cuando aceptas una herencia las aceptas con los bienes y las deudas, es decir aceptas, asumes, las multas, vamos que la respuesta es SI, Y CON MAYÚSCULAS.

Por ello antes de aceptar la herencia, el segundo supuesto, te recomendamos que presentes en el Ayuntamiento (u organismo sancionador) un  escrito en el que comunicas que el denunciado ha fallecido y presentes el certificado de defunción, ojo, en el mismo escrito solicita la anulación del expediente sancionador por fallecimiento, indica también la documentación que aportas (en este caso obligatorio el certificado de defunción).

Aquí paro, y “peco” de lo que soy, pero antes incluso de ir al Ayuntamiento, o Notario, deberías de ir a un abogado, un buen abogado que los hay, porque aunque parezca lo contrario los buenos no son caros, son infinitamente baratos, por lo rentables que a veces “a la corta” lo son, y “a la larga” no me cabe duda LO ACABAN SIENDO. Un consejo de un buen profesional siempre será bienvenido y ahorra dinero, seguro. Y esa, sigue siendo MI OPINIÓN.

Nota: hoy por respeto a Eugenio y a su pérdida evito el chiste habitual con el que me gusta adornar mis líneas quincenales.

                                                                                           JOSÉ LUIS VILAPLANA