domingo, 24 de abril de 2016
LA OPINIÓN de José Luis Vilaplana
La
burocracia es el arte de convertir lo fácil en difícil por medio de lo inútil
EnriqueCastillo Peraza fue un intelectual, periodista y político
mexicano,
TRANSFERENCIA
DE VEHICULO
Aspectos
burocráticos y ¿complicaciones? (I)
Esta
semana a petición de algunos lectores hablaré de la compra y venta del
vehículo. Que una vez encontrado comprador, parece que lo más difícil ya está,
pero no podemos confiarnos….
Si
no hacemos las cosas bien se nos puede complicar la vida.
Empezando
por el principio; qué pasos dar una vez cerrado el acuerdo con el comprador. Debemos
asegurarnos en la Jefatura de Tráfico de que el coche que vamos a comprar no
acumule multas o impuestos sin pagar, que pasarían a ser responsabilidad del
nuevo propietario.
Después,
debemos hacer un contrato de compraventa, que luego necesitaremos y utilizaremos
para hacer el cambio de titularidad. En el contrato deben aparecer los datos
completos de las dos partes que intervienen, el valor por el que se vende el
vehículo, la marca, el modelo, el número de bastidor y la hora exacta de la entrega, lo que nos ahorrará problemas
tanto en la gestión como ante unas posibles multas o inclusive accidentes que
puedan producirse durante la tramitación.
Tras la firma del contrato
Si eres el COMPRADOR además de con el vehículo,
evidente.., debes quedarte en posesión de los siguientes documentos:
- Contrato
de compraventa o una fotocopia del mismo
- Solicitud
de cambio de titularidad del vehículo debidamente firmada
- Documentación
del vehículo (tarjeta ITV, permiso de circulación y recibo del impuesto
municipal)
- Fotocopia
del DNI de la persona que vende
Y así, debes abonar el impuesto de
transmisiones patrimoniales (modelo 620) ante Hacienda de tu Comunidad
Autónoma, aportando toda la documentación anterior, si tu domicilio fiscal se
encuentra en Andalucía, este trámite lo puedes efectuar por Internet. En este
caso obtendrás un Código Electrónico de Transferencias (CET) que te servirá
para acreditar que has cumplido tu obligación fiscal.
Después, dirígete a cualquier
Jefatura de Tráfico, no te olvides de pedir cita primero.
Por ultimo paga la Tasa a día de hoy
53,40€ (que no pueden ser en metálico, supongo que para mejor control de los
ingresos públicos) y aporta la documentación siguiente
- Solicitud de cambio de titularidad
de vehículo debidamente cumplimentada (disponible en la web www.dgt.es )
- Fotocopia de DNI comprador y
vendedor
- Documentación del vehículo,
Permiso de circulación
- Contrato de compraventa
- Justificante de pago/exención
impuesto
Si se trata de vehículos con alguna
particularidad, agrícolas, de autoescuela, que estuvieran exentos de pago de matriculación
etc. requieren documentación complementaria. Pero eso ya requiere mucha más “literatura
morralla” y no os quiero cansar
La semana que viene hablaremos del
Vendedor que es el que se puede llevar la peor parte por tener una actitud pasiva
en la venta. NO moverse, cuesta dinero.
Para
acabar algo Muy IMPORTANTE:
Antes
de solicitar el cambio la titularidad del vehículo se deberá y habrá que
asegurarse que se puede
- Cancelar
cualquier limitación de disposición que tuviera inscrita en el Registro de
Bienes Muebles, salvo consentimiento expreso de la Financiera.
- Abonar
las sanciones impuestas por infracciones de transportes anotadas en el
Registro de vehículos.
- Liquidar
el Impuesto de Circulación del año anterior.
sábado, 23 de abril de 2016
Suscribirse a:
Entradas (Atom)