jueves, 29 de septiembre de 2016

EL GOBIERNO AVISARÁ DE LAS MULTAS POR SMS O CORREO ELECTRÓNICO DESDE EL 3 DE OCTUBRE

El Gobierno enviará un aviso de cualquier tipo de notificación administrativa vía correo electrónico o SMS al número de teléfono facilitado por cada conductor a partir del próximo día 3 de octubre. Una medida con la que se pretende agilizar el procedimiento de notificación de las sanciones.



La medida adoptada figura en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas después de que fuese aprobada en 2015 por el Gobierno antes de entrar en fase de interinidad tras las elecciones, y será el 3 de octubre cuando entre en vigor tras ser aprobada por el Consejo de Ministros.

El objetivo es agilizar el trámite puesto que en la actualidad este tipo de notificaciones son enviadas por carta y entregadas en mano a su destinatario, lo que en muchas ocasiones provoca una demora de varios días hasta que el ciudadano es informado. Correos acude al domicilio de la persona en cuestión, pero en caso de no localizar a la persona, pasan tres días hasta que se vuelve a intentar la entrega. Si en ese caso tampoco se consigue localizar a nadie, debe ser el ciudadano el que acuda a recoger el certificado a Correos.

A fin de evitar esa demora, "la Administración enviará un aviso al dispositivo electrónico a la dirección de correo electrónico comunicada por el interesado informándole de la puesta a disposición de una notificación accesible a través de medios electrónicos, incluso aunque el interesado no haya señalado expresamente su preferencia por la notificación electrónica, y adicionalmente se le remite en papel", según informan fuentes de Hacienda a El País. Posteriormente, el interesado podrá descargarse el documento.

No obstante, el papel no caerá en desuso puesto que la Administración seguirá enviando también las notificaciones por la vía tradicional, siempre y cuando el ciudadano no opte de forma expresa por la vía electrónica.


Esta medida se extenderá además a las notificaciones de carácter general que reciban las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, notarios y registradores de la propiedad y mercantiles, y los representantes de un interesado con dicha obligación, para quienes será obligatorio relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas a la hora de realizar trámites como el pago de impuestos, solicitud de subvenciones, dar de alta o baja a un trabajador, etc.

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